Resumen: PRIMERO.- La mercantil Mecanizaciones Aeronaúticas SA presentó escrito en el Juzgado de lo Mercantil nº 2 en el que se tramita el concurso voluntario de la mercantil Serlimaza SL, en adelante Serlimaza, declarado en Auto de fecha 28 septiembre 2017, en el que expone que es deudora de la concursada por importe total de 19.505,79 euros, que corresponden a las facturas NUM000, NUM001 y NUM002, que la Tesorería General de la Seguridad Social, en adelante TGSS, le había notificado Diligencia de Embargo de Bienes dictada en expediente de apremio seguido contra la concursada y que ante el desconocimiento de la persona a quien debería realizar el pago, ha ingresado el importe total del débito en la cuenta de consignaciones del Juzgado y solicita se tenga por consignado el importe adeudado y se determine quien debe ser su destinatario.
Resumen: En un supuesto de transmisión de droga al menudeo, la Sala descarta que se hayan valorado erróneamente las pruebas, en concreto se refiere a la declaración de los policías, testigos presenciales del acto de tráfico. Basándose en el resultado de estas pruebas, se descarta la tesis del autoconsumo, entre otras razones porque no se ha acreditado que el recurrente sea un consumidor habitual de droga. La sentencia incluye referencias a la jurisprudencia del TS sobre el elemento típico de la intención de traficar.